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Código de Procedimientos Civiles Artículo 97 bis Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código de Procedimientos Civiles
Artículo 97 bis.

La lista de notificación deberá ser fijada diariamente en los estrados del Tribunal o del Juzgado y se retirará al quinto día hábil del mes siguiente; una vez retirada deberá quedar a disposición de las partes para su consulta en la oficina del diligenciario correspondiente, durante el lapso de sesenta días naturales a partir de su retiro y posterior a esa fecha en el archivo del Poder Judicial del Estado.

La lista de notificación deberá contener:

a)Número de expediente;

b)Nombre de las partes;

c)Persona a la que se notifica;

d)La naturaleza del juicio;

e)Extracto de la resolución que se notifique;

f)La fecha en que se dictó;

g)La fecha en que se fija y retira la lista, y

h)El sello, nombre y firma del diligenciario.



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